Juan Torres López / Alberto Garzón – Consejo Científico de ATTAC España
El pasado viernes el gobierno del PP anunció una nueva reforma laboral que se tramitará como proyecto de ley en las próximas semanas.
Como en ocasiones anteriores, el gobierno la presenta como el camino imprescindible y seguro para solucionar el problema del paro que es el que más preocupa desde hace años a los españoles. Ahora se dice textualmente en el texto con el que ha sido presentada en sociedad que gracias a ella habrá más empleo, más empleo estable, más flexibilidad interna en la empresa, más eficacia del mercado de trabajo, más control y lucha contra el fraude…
Muy buenas palabras para que la opinión pública sienta confianza y acepte sin rechistar la nueva reforma.
El problema radica en que, aunque se oculte, ya disponemos de suficiente experiencia sobre lo que de verdad se consigue con el tipo de medidas flexibilizadoras, de recorte de derechos laborales y de abaratamiento del trabajo que de nuevo se vuelven a imponer.
En esta primera valoración de urgencia de la reforma no podemos hacer una análisis exhaustivo de todas ellas así que nos vamos a limitar a poner de manifiesto que, a nuestro juicio, la estrategia general que persigue y las medidas concretas más relevantes que contiene no han permitido nunca alcanzar los objetivos que dice el gobierno que van a conseguir ahora (más empleo, más empleo de calidad y mejores condiciones de la economía en general). Y que, por tanto, no hay razones para esperar que ahora puedan lograrlo.
La estrategia de la reforma
Las diferentes medidas que contiene la reforma no comportan una a una grandes novedades (salvo las referidas a la negociación colectiva que comentamos más abajo) y podrían incluirse fácilmente en las grandes líneas estratégicas de las reformas laborales que se vienen llevando a cabo desde los años ochenta:
- Abaratar el despido:
La nueva reforma reduce la indemnización de 45 días por año con un limite de 42 mensualidades en el despido improcedente y a 33 días con un limite de 24 mensualidades en todos los contratos indefinidos; modifica las causas de despido para evitar el control judicial; elimina la autorización administrativa en los despidos colectivos; y facilita el despido por absentismo y el debido a enfermedad.
- Flexibilizar el marco general de las relaciones laborales:
La nueva reforma amplía las posibilidades de movilidad geográfica; facilita al empresario la posibilidad de modificar las condiciones de trabajo; y permite suspender o reducir temporalmente la jornada de trabajo, sin autorización administrativa.
- Promover la negociación individual de las condiciones de trabajo acabando con la colectiva:
La nueva reforma permite la inaplicación de los convenios mediante el arbitraje obligatorio; acaba con la prórroga automática de los convenios colectivos a los dos años de la terminación de su vigencia inicial; y da preferencia siempre al convenio de empresa respecto al sectorial.
- Abaratar el empleo (especialmente de los jóvenes) permitiendo la existencia de auténticos contratos basura y la intensificación del trabajo femenino:
La nueva reforma crea un nuevo tipo de contrato indefinido que podrán utilizar el 95% de las empresas españolas y que podrá extinguirse durante su primer año sin indemnización alguna por la simple voluntad del empresario; también otro contrato para la formación y el aprendizaje que se desvincula de la formación del trabajador; modifica el contrato a tiempo parcial para permitir la realización de horas extraordinarias y se fomenta este último tipo de contratación, como dice textualmente la propia nota informativa, para compatibilizar el empleo con la vida familiar y personal, lo que, en ausencia de políticas de corresponsabilidad, especializará a las mujeres en este tipo de empleos.
Además de todo ello conlleva otras medidas como las de bonificaciones y subvenciones, cambios institucionales significativos (como acabar con el monopolio de la formación de patronales y sindicatos lo que aún es pronto para saber el efecto práctico que pueda tener), la posibilidad de que los organismos públicos lleven a cabo expedientes de regulación de empleo, más privilegios a las grandes empresas de trabajo temporal y, como corolario de todo lo anterior, facilitar la reducción de los costes laborales y la moderación salarial.
Aparentemente, a grandes rasgos, la reforma podría simplemente considerarse como realmente limitada y una más en la línea de las anteriores y tendría la misma utilidad que han tenido y que ya hemos denunciado en otros textos (¿Qué se pretende con la reforma laboral?). Pero creemos que sería un gran error no descubrir la auténtica carga de profundidad que llevan consigo estas nuevas medidas laborales.
A nuestro juicio, la reforma del Partido Popular comporta una gran novedad y es que prácticamente renuncia a llevar a cabo modificaciones profundas en las condiciones relativas al entorno general en el que se mueven las relaciones entre empresarios y trabajadores (en la flexibilidad del mercado) para centrarse en la protección de los intereses del empresario, aumentando la flexibilidad interna de la empresa por la vía de darle a un poder de decisión frente a los trabajadores mucho mayor que el que hasta ahora tenían.
Lo que esta reforma busca no es, como en otras ocasiones, que el mercado de trabajo español responda en mayor medida a los principios que vienen sosteniendo los economistas neoliberales, que todo él sea más flexible para facilitar un mejor ajuste entre oferta y demanda de trabajo. No. Lo que creemos que el gobierno ha buscado ahora es limitarse a proteger y ampliar el poder de decisión de las empresas españolas a costa de los derechos de los trabajadores, posiblemente en la previsión de que no va a ser capaz de mejorar las condiciones del entorno económico a corto y medio plazo y que lo que se avecina es, por tanto, muchos más y peores nubarrones en el panorama económico.
Por eso la reforma va a ser mejor recibida por la patronal que por los analistas económicos neoliberales que, en realidad, han visto frustradas sus propuestas de los últimos años (sobre todo, la del contrato único) orientadas a desregular la totalidad del mercado y no solo la actividad en el interior de la empresa (aunque valoren positivamente lo que la reforma propone en este campo).
La reforma es efectivamente tímida desde el punto de vista neoliberal en lo que se refiere a la macroregulación del mercado laboral pero posiblemente sea la reforma más profunda y radical de los últimos treinta años desde el punto de vista de la distribución de los poderes de decisión y por tanto de apropiación entre propietarios del capital y los trabajadores. Y esto es lo que no debe pasar desapercibido. Es una reforma decisiva no por lo que va a conseguir a corto plazo sino por las condiciones que establece para el futuro de la economía española que, con el nuevo diseño del marco laboral que se le impone, no podrá especializarse sino en el suministro de servicios de baja calidad y valor añadido para ponerse a la altura, en todo caso, de las economías más empobrecidas de nuestro entorno.
El gobierno no ha planteado una reforma para crear empleo, ni para crearlo de calidad, ni para disminuir la temporalidad, ni la dualidad, ni mejorar la formación sino para proteger a los empresarios cuando sabe que la economía no se va a recuperar y que, como consecuencia de las políticas de austeridad que aplica y de las concesiones que hace a la banca, sus negocios tendrán menos demanda y menos actividad productiva y, por tanto, menos necesidad de empleo.
Las medidas verdaderamente relevantes de la reforma son las encaminadas a dar prioridad a los convenios de empresa, a permitir que los empresarios puedan modificar unilateralmente las condiciones individuales de los trabajadores (con control judicial ex post) y las condiciones laborales y salariales de los convenios colectivos, especialmente las relativas a jornada, y å eliminar la prórroga automática indefinida de los convenios (la ultraactividad).
Así, el artículo 12 del proyecto modifica el Estatuto de los Trabajadores estableciendo que a partir de ahora “la dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa”. Y esas modificaciones se considerarán sustanciales cuando afecten a materias como jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento
y, en algunos casos, funciones. Es decir, a la práctica totalidad de las que tienen que ver con las condiciones de trabajo.
Este es el cambio radical que comporta la reforma. Radical pues lo que hace en la práctica es una auténtica voladura controlada de los derechos laborales y de los principios que dieron lugar al Derecho del Trabajo. En lugar de que el legislador admita que en la relación laboral hay una asimetría profunda porque empresario y trabajador parte de situaciones diferentes y disponen de un poder de negociación muy desigual, y que, por tanto, el segundo necesita normas que lo protejan, se concede ahora todo el poder de decisión a quien lo tiene de partida por ser el propietario del capital frente a quien solo dispone de su fuerza de trabajo.
A nuestro juicio, la nueva reforma laboral se basa en el principio más reaccionario e injusto que puede tener una norma: tratar igual a los desiguales. Poniendo al empresario frente al trabajador individual, sin que a éste le pueda apoyar un convenio que es el resultado del poder colectivo mucho mayor que el suyo propio, la consecuencia inevitable no va a ser otra que la degradación de las condiciones laborales.
Y lo cínicamente paradójico es que el gobierno y los economistas neoliberales llamen a eso “modernización de la negociación colectiva” cuando lo que hace la reforma en realidad es retroceder a la forma en que se contrataba a los trabajadores en el sigo XIX.
Todo lo demás de esta reforma es accesorio y en el debilitamiento del poder negociados de los trabajadores en donde se encuentra su núcleo duro de la reforma.
A medio y largo plazo, como queda dicho, no va a traer otra consecuencia que el deterioro del mercado laboral y la degeneración de las condiciones de trabajo y, con ello, el de toda la economía. Y está por determinar cuál va a ser su efecto definitivo a corto plazo teniendo en cuenta que el gobierno ha puesto al alcance de los empresarios dos vías de respuesta ante la mala coyuntura en la que estamos que provocarán efectos diferentes según se use preferentemente una u otra: el despido más barato para aliviar plantillas y el reajuste interno, ahora más cómodo, para evitarlo.
¿Qué podemos esperar de la reforma?
¿Llevarán razón los neoliberales y el gobierno y será verdad que con el despido más barato las empresas contratarán a partir de ahora más empleo indefinido que temporal?
¿Optarán mejor la mayoría de las empresas por aprovecharse en los próximos meses del despido más barato para desembarazarse de contratos indefinidos y sustituirlos por temporales o por los más precarios que crea la reforma?
¿O aprovecharán las empresas las facilidades que le concede la reforma para llevar ajustes internos sin recurrir a despidos, consolidando entonces plantillas más precarias, versátiles y baratas?
¿Es cierto, como creen los dirigentes empresariales, que lo que se necesita para salvar a las empresas españolas en esta coyuntura crítica es darle más poder a los empresarios y reducir los derechos laborales y el coste del trabajo? ¿Será suficiente con eso para evitar que sigan cerrando miles de empresas y perdiéndose cientos de miles de empleo?
Naturalmente, no tenemos la intención de jugar a ser adivinos ni tampoco queremos ser agoreros. Pero resulta, como decíamos al principio, que hoy día sabemos lo que ha ocurrido en España y en otros países cuando se han tomado este tipo de medidas y que, en consecuencia, se puede aventurar lo que va a volver a suceder con las que se van a aprobar ahora.
La evidencia empírica nos dice con bastante claridad lo que suele suceder cuando se reduce el coste del despido, que es lo que viene haciéndose desde los años ochenta y en España en mayor medida que en ningún otro país de la OCDE. A saber:
- No se crea empleo neto porque facilita mucho su destrucción en etapas de recesión como la actual.
- No disminuye el nivel de desempleo porque también se ha demostrado hace tiempo que las decisiones sobre contratación de los empresarios dependen de otros factores distintos a los costes del despido.
- No reduce la temporalidad ni se produce un incremento sustantivo de la contratación indefinida.
Por tanto, ahora, en una coyuntura recesiva como la actual, lo que con toda probabilidad cabe esperar de la medida que ha tomado el gobierno es que produzca lo mismo que se consiguió con las sucesivas reducciones del coste del despido: que aumenten los despidos.
Por otro lado, la evidencia empírica también demuestra justamente lo contrario de lo que afirman quienes defienden este tipo de reformas. La mayor flexibilidad interna en las empresas puede ser generadora de empleo en algunas. En realidad, casi exclusivamente en las que no resulten muy afectadas por la caída en la demanda que inevitablemente lleva consigo la reducción de los ingresos que produce la mayor precarización del empleo cuando se recortan los derechos y el poder de negociación de los trabajadores.
Y es fácil constatar que ha sido precisamente la progresiva flexibilización de las relaciones laborales que se viene produciendo en los últimos treinta años la que ha traído consigo el empleo de baja calidad, los salarios más bajos y el fenómeno de la “dualidad” en el mercado de trabajo, esto es, la existencia, por un lado, de trabajadores con contratos indefinidos, alto grado de seguridad y aceptables condiciones de trabajo y, por otro, de otros con empleo temporal, inseguro y mal pagado. Y, como resultado de todo ello, una menor demanda y ritmos más bajos de crecimiento de la actividad económica y en la creación de empleo.
Es por eso que se pueda aventurar que si las empresas españolas optan por el reajuste interno haciendo uso de la mayor flexibilidad interna que ofrece la nueva reforma, quizá podría mantenerse el empleo pero esto siempre que existiese suficiente demanda efectiva. Pero incluso en ese caso, lo que ocurriría sería que empeoraría la situación de los trabajadores con mejores empleos sin mejorar a los precarios de contratos temporales. Una vía retrógrada de “luchar” contra la dualidad.
Pero sin mejorar las condiciones de entorno del mercado de trabajo, manteniendo las políticas de restricción del gasto y de moderación salarial, lo que inevitablemente va a ocurrir es que habrá menos demanda y que la inmensa mayoría de las empresas (las que no disponen de gran poder de mercado o de yacimientos de actividad en el mercado global) no van a poder sobrevivir ni mantener el empleo actual por mucho poder de decisión que acumulen los empresarios. Imponiendo salarios cada vez más bajos y reduciendo el gasto en la economía, ese poder no les va a servir de mucho. Nadie puede salir de un hoyo tirándose de los pelos que es lo que en realidad le ofrece el gobierno a los empresarios con este nuevo marco de legislación laboral tan favorable para ellos.
En definitiva, esta nueva reforma sigue dejando sobre el cuello de las empresas y los trabajadores españoles la misma espada de Damocles que se obstinan en no tener en cuenta ni la patronal ni los economistas neoliberales: la falta de actividad y las malas condiciones macroeconómicas. Un gran número de análisis empíricos han mostrado que, incluso si se pudiera aceptar que actuar sobre algunas de las variables institucionales que las tesis ortodoxas consideran como causa del desempleo tuviera un efecto significativo sobre el nivel de empleo o sobre su calidad cuando se analizan aisladamente, lo que generalizadamente ocurre cuando se toman en consideración otras variables es que o no lo tienen o es mucho menos determinante que otros factores relativos a las condiciones macroeconómicas en que se desenvuelve el mercado de trabajo (Ver V. Navarro, J. Torres y A. Garzón, “Hay alternativas. propuestas para crear empleo y bienestar social en España”, Sequitur, pp. 83 y siguientes) .
Dicho de otra forma: incluso si ocurriera que las empresas españolas vayan a optar en esta situación recesiva que va a ir a peor por reajustar internamente sus plantillas y no por despedir con menos coste a sus trabajadores, los fundamental está sin resolver: en la economía española no hay demanda suficiente ni la financiación necesaria para que las empresas pueden crear o incluso mantener el empleo por muy protectoras del empresariado que sean las nuevas normas laborales.
En lugar de abordar este asunto, que es el prioritario y del que realmente depende que se mejore el mercado laboral y se salven miles de empresas y millones de empleos, el gobierno del Partido Popular ha preferido ir por la vía más fácil de concederle más poder a los empresarios ya de por sí más poderosos y de quitarle derechos y capacidad de decisión a los trabajadores. Pero ni siquiera a la inmensa mayoría de los empresarios les va a compensar disponer de estos privilegios decimonónicos porque empobrecer a los trabajadores es empobrecer a la sociedad y, a la larga, a los propios empresarios que realmente se dedican a crear riqueza y empleo.
¿Quién se puede creer que de verdad se puede progresar en el siglo XXI tomando como referencia los principios de actuación y las normas del XIX?
No hay comentarios:
Publicar un comentario